7/9/12

“CONOCIENDO LAS ORDENANZAS NOS PODEMOS ORDENAR”

. Es intención del Concejo advertir sobre las reglamentaciones para que los alvearenses no tengan problemas. ORDENANZA Nº 1485/08 T I T U L O III: Faltas contra la Seguridad y el Bienestar.- CAPITULO V: De la Vía Pública y Lugares Públicos.- ARTICULO 175º: El depósito sin autorización de vehículos, acoplados, carros, casillas, toldos, puestos, tinglados o similares, en paseos, parques, plazas, veredas y demás lugares del dominio público, será sancionado con multa de 15 (quince) a 1000 (mil) módulos y/o decomiso y/o secuestro.- TITULO V: FALTAS CONTRA EL TRANSITO Y EL ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS. ARTÍCULO 193º: RUIDOS MOLESTOS: El que circulare con un vehículo que produjere un ruido total superior a la escala que se da a continuación, será penado con multa de 10 (diez) a 50 (cincuenta) módulos y/o secuestro hasta su normalización: a) Motocicletas livianas, bicicletas y triciclos con motor acoplado hasta 50 cc. De cilindrada, 75 db; b) Motocicletas, motonetas, moto cabina y moto furgón de 50 cc. Hasta 175 cc. De cilindrada, 82 db; c) Vehículos similares a los anteriores con motores de cuatro (4) tiempos 86 db; d) Automotores hasta 3,5 toneladas de tara, 86 db; e) Automotores demás de 3,5 toneladas de tara, 90 db.- . //Gracias por tu visita//