28/6/13

25 de Mayo: gestionaron ante el Banco Nación Créditos para la Creación y Consolidación de la Pequeña y Mediana Empresa

https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjGh8bxp_mtiN1BSh3JuWsYpZqM2IsX8CXDzVicD30eHBBNGPPIY4aq7pnS7dbOYgmiNhjemRKMzeQINuRMtHzI1sqd3p3W8LOvYmuT2Bl9DPka7mirZHrh4eux680CP9eD5BAHtzdH8f__/s200/escudo+de+25+de+mayo+LOGO.pngDías pasados el Municipio de 25 de Mayo por medio de su Dirección de Desarrollo Local, gestiono ante el Banco Nación los fondos FOMICRO (Fondo Nacional para la Creación y Consolidación de Microemprendimientos) y FONDER (Fondo Integral para el Desarrollo Regional). Los requisitos y formularios para la presentación de proyectos ya pueden encontrarse en las oficinas de la Dirección de Desarrollo Local en el 1 er piso de la Municipalidad. Al respecto el Director de Desarrollo, Lic. Mariano Eguia afirmo que “desde la gestión municipal venimos trabajando fuertemente en el desarrollo de emprendimientos, que son la base de la economía local. Hoy cerramos una serie de capacitaciones para Pymes y emprendedores dentro del programa “25 Emprende” y constantemente
buscamos herramientas de financiamiento de bajo costo. Si bien estos fondos son de Banco Nación, el municipio se encuentra habilitado para trabajar como organización de enlace entre los privados y el Banco. Así es que ya tenemos disponible los formularios de presentación y esperamos que todos aquellos conciudadanos que posean una actividad independiente, un emprendimiento propio y estén buscando ampliar, comprar maquinaria, equipos de trabajo, herramientas, reproductores de cualquier especie, y demás bienes afectados a su actividad puedan pasar por el municipio para informarse. En este sentido trabajaremos ambos fondos, uno, el FOMICRO que va hasta los 40.000 pesos a una tasa que ronda el 50% de la tasa general activa en pesos del Banco con hasta 48 meses de pago y el FONDER que se extiende hasta los 750.000 pesos, también con una bonificación por parte del banco del 50% de la tasa general y con un máximo de plazo de pago de hasta 10 años. Estas condiciones crediticias son más que favorables, son fondos específicos financiados desde el estado, por eso hay que aprovecharlos”. Acuerdo con la carrera de Administración General del ISFDyT N° 28 Por otro lado la Dirección de Desarrollo trabaja un proyecto conjunto con profesores y alumnos avanzados de la carrera de Administración de Empresas del Instituto Superior de Formación Docente y Técnica por medio del cual estos alumnos ayudaran a los emprendedores y empresarios a completar los proyectos de solicitud. “La idea es no dejar solos los empresarios pyme o emprendedores sino acompañarlos en su trayecto. Muchos de ellos no tienen contabilidad organizada y nos propusimos este proyecto con la gente del Instituto con quienes trabajamos articuladamente.” Afirmo Eguia. Lineamientos para la presentación solicitudes Fondo Nacional para la Consolidación de Microemprendimientos FOMICRO DESTINO Financiar microemprendimientos, pudiendo asistirse inversiones en general y capital de trabajo asociado a la misma, con IVA incluido. Se podrá financiar: 1) Adquisición de bienes de capital de origen nacional, nuevos o usados. 2) Adquisición de bienes de capital de origen extranjero, adquiridos en plaza ya nacionalizados, nuevos o usados. 3) Instalación y/o montaje y accesorios requeridos para la puesta en marcha de los bienes de capital. 4) Otras inversiones en general (como construcciones, galpones, alambrados, mejoras, reproductores de cualquier especie, etc.) 5) Capital de trabajo asociado a la inversión. No podrá financiarse a través de este Programa: 1) Como norma general, la compra de inmuebles rurales o de cualquier índole (campos, terrenos, yacimientos mineros). 2) Vehículos para el transporte de personas, salvo aquellos destinados a dinamizar y/o aumentar la productividad en el objeto principal del emprendimiento (Por ej., para el transporte público urbano, suburbano y de larga distancia). 3) Honorarios profesionales, salvo aquellos en que los servicios profesionales a financiar sean parte del desarrollo del proyecto (Ej. software). 4) Deudas preexistentes. En el momento de integrar el “Formulario de Solicitud de Crédito” se solicitará la siguiente documentación, según se trate de personas físicas o jurídicas con contabilidad organizada o no. A.1) Personas Jurídicas: - Contrato Social/Estatuto y sus modificaciones (de corresponder) inscripto ante el organismo de contralor pertinente (IGJ o Registros de Comercio Provinciales) y actas con distribución de cargos. Toda la documentación deberá encontrarse debidamente legalizada. - Datos filiatorios con copia de los DNI y manifestación de bienes de los socios o directivos de la firma, dependiendo de la figura jurídica que se trate. - Copia de los dos últimos balances auditados y certificados ante el Consejo Profesional correspondiente. - Declaración jurada de Ventas posteriores al cierre del ejercicio mensualizadas y hasta la fecha de presentación. - Respaldo dominial de los activos productivos. Personas Físicas: - Datos Filiatorios del/los solicitantes con copias de sus DNI y de sus cónyuges de corresponder. - Manifestación de bienes actualizada a la fecha de presentación. - Ventas mensualizadas correspondientes al último año calendario y hasta la fecha de presentación de la solicitud. - Respaldo dominial de los bienes registrables. - Situación fisco social actualizada. B) Asimismo se deberá acompañar: - Habilitaciones e inscripciones pertinentes para el desarrollo de la actividad. - Listado de principales proveedores y clientes con sus datos completos (nombre, teléfono, dirección y CUIT). - Presupuesto de los bienes, equipos, etc. a adquirirse con el crédito original y firmado por el proveedor. C) Para determinar la comprobación de los ingresos de Personas Físicas y otras sin contabilidad organizada (Sociedades de Hecho, etc.) Para contribuyentes Monotributistas: se deberá presentar la constancia de inscripción junto con los últimos seis (6) pagos del impuesto. Se evaluará que la inscripción ante AFIP tenga un grado de razonabilidad con los ingresos declarados y los parámetros vinculados a su actividad. Fondo para el Desarrollo Regional FONDER PROYECTOS Encuadre de Proyecto de Desarrollo Local o Regional Deberá orientarse a apoyar el desarrollo de actividades productivas, mejorar las condiciones de producción, aumentar la eficiencia o la escala de los procesos o de sus canales de comercialización. En resumen, financiar necesidades derivadas de aquellos que integren un eslabonamiento productivo o cadena de valor. Condiciones de Financiamiento Monto, plazo y garantía: se adecuarán de acuerdo a las características de cada proyecto, en función del ciclo productivo y la capacidad de repago que surge del flujo de ingresos propio de la actividad. En líneas generales: por montos de hasta $350.000.- y con plazos de hasta 5 años, puede aceptarse cesión de derechos creditorios presentes y futuros derivados del giro comercial del cliente, en la medida que de éste surja que cuenta con reconocida solvencia. Podrá considerarse un monto de crédito individual como máximo de $750.000 y un plazo para la cancelación total de hasta 10 años, siempre que las características y particularidades de la actividad y el proyecto así lo requirieran. Se requerirá la garantía solidaria del Consejo de Administración en caso de tratarse de cooperativas y de los miembros de sociedades jurídicamente organizadas. Asimismo, cuando los perfiles de los potenciales beneficiarios sean vulnerables, deberá contar con un mecanismo de garantía a través de Organizaciones Intervinientes (ver punto 5), mediante la generación de fondos específicos de garantías, SGR, cesión de derechos: de fondos preexistentes, de recaudaciones habituales, cesión de facturación, etc. Tasa de interés: será la equivalente al 50% de la tasa de interés activa de cartera general para operaciones en pesos, vigente en el Banco de la Nación Argentina, con sus oscilaciones a través del tiempo en el caso de que no participe ningún organismo que contribuya a la bonificación de dicha tasa. Destino: Se podrá financiar: 1) Adquisición de bienes de capital, de origen nacional, nuevos o usados. 2) Adquisición de bienes de capital de origen extranjero, adquiridos en plaza ya nacionalizados, nuevos o usados. 3) Instalación y/o montaje y accesorios, requeridos para la puesta en marcha de los bienes de capital. 4) Otras inversiones en general (como ser construcciones, galpones, alambrados, mejoras, reproductores de cualquier especie, etc.). 5) Capital de trabajo incremental derivado de la inversión o el necesario para su evolución. NO PODRÁ FINANCIARSE a través de este programa: 1) Como norma general, la compra de inmuebles rurales o de cualquier índole (campos, terrenos, yacimientos mineros). 2) Vehículos para el transporte de personas, salvo aquellos destinados a dinamizar y/o aumentar la productividad en el objeto principal del emprendimiento (por ej., para transporte público urbano, suburbano y de larga distancia). 3) Honorarios profesionales, salvo aquellos en que los servicios profesionales a financiar sean parte directa del desarrollo del proyecto (por ej., software) . 4) Deudas preexistentes. 4.4. Plazo y frecuencia de amortización: como línea general hasta 5 años. El mismo será fijado de acuerdo a las características de cada proyecto y ciclo productivo. Como máximo 10 años. La devolución será mensual, trimestral o semestral de acuerdo a la actividad. 4.5. Período de gracia de capital: se aplicará exclusivamente para capital. Como norma general, será de hasta en 12 meses a partir del último desembolso. El vencimiento de la primera cuota tendrá lugar al mes, trimestre, semestre o año posterior a la fecha de finalización del período de gracia.