9/9/13

GENERAL ALVEAR: ORDENANZA QUE PROHIBE EL USO DE BOLSAS DE POLIETILENO

http://www.munialvear.gov.ar/Imagenes/imagesenlaces/hcd_datos.jpgOrdenanza presentada por alumnos y profesores de las Escuelas Medias 1 y 3 en el 2012. Este año se avanzó con los alumnos y se redactó, en común, esta Ordenanza que regirá en el 2014 pero pienso que ya debe difundirse. Saludo atte. Graciela Piedrabuena - Presidente

ARTÍCULO PRIMERO: Prohíbese en el distrito de General Alvear la entrega de bolsas tipo “camiseta” de polietileno y todo otro material plástico no degradable a partir del 1º de febrero de 2014. 
ARTICULO SEGUNDO: La presente ordenanza no será aplicable cuando por cuestiones de asepsia las bolsas de polietileno, llamadas
‘’transparentes de bobina’’ o ‘’ de arranque’’, y todo otro material plástico convencional deban ser utilizadas para contener alimentos o insumos húmedos elaborados o preelaborados y no resulte factible la utilización de un sustituto degradable y/o biodegradable, en términos compatibles con la minimización del impacto. 
ARTÍCULO TERCERO: A partir de la entrada en vigencia de la presente ordenanza se realizará una campaña de difusión previa a los plazos de prohibición de la presente. La campaña tendrá una duración mínima de 30 días a partir de su promulgación y el objetivo de concientizar a la población e invitar a los comercios a su pronta adhesión para lograr en forma progresiva y gradual la disminución en la entrega de estas bolsas, hasta reemplazarlas totalmente por las biodegradables.- 
ARTÍCULO CUARTO: Será autoridad de aplicación la que determine el Departamento Ejecutivo.- 
ARTICULO QUINTO: A partir de la entrada en vigencia del período de prohibición los comercios que incumplan con lo dispuesto, en primera instancia serán advertidos y luego pasibles de sanciones. Las sanciones ante el incumplimiento luego de la advertencia serán de un mínimo de 30 módulos a una máxima de 400 módulos.- 
ARTÍCULO SEXTO: En caso de registrarse sanciones por aplicación de esta ordenanza lo recaudado se destinará a campañas de concientización sobre la necesidad del cuidado del medio ambiente.- 
ARTICULO SÉPTIMO: Comuníquese. Regístrese. Cúmplase.- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, Sesión Ordinaria a los 5 días del mes de septiembre de dos mil trece. Aprobada por Unanimidad.- 
Corina Pourthé - Hurí Graciela Piedrabuena, Sec. Legislativa HCD y Presidente HCD General Alvear Pcia. Bs. As. General Alvear Pcia. Bs. As.