• Los SUPERMERCADOS, AUTOSERVICIOS Y FERRETERÍAS, podrán abrir al público de lunes a sábados en la franja horaria comprendida desde las 8:00 horas y hasta las 15:00 horas, y domingo y feriados de 8:00 a 13:00 horas.
• Los MINIMERCADOS, DESPENSAS, VENTA DE CARNES Y PESCADO, VERDULERÍAS, KIOSCOS, PANADERÍAS, VENTA DE ARTÍCULOS DE LIMPIEZA, LAVADERO DE ROPAS Y VETERINARIAS, podrán abrir al público en la franja horaria comprendida desde las 8:00 horas y hasta las 19:00 horas.
• Las ROTISERÍAS, PIZZERÍAS, RESTAURANTES, PARRILLAS, BARES CON GASTRONOMÍA, HELADERÍAS Y VENTA DE AGUA, que solo pueden comercializar sus productos mediante servicio de delivery, podrán hacerlo en la franja horaria comprendida desde las 8:00 horas y hasta las 22:00 horas.
• Las FARMACIAS, ESTACIONES DE SERVICIO -solo para el servicio de expendio de combustible- y REMISES, podrán brindar sus servicios en sus días y horarios habituales en atención al servicio que brindan.