9/11/22

Comunicado de Inspección Urbana de la Municipalidad de General Alvear


Desde el área de lnspección Urbana de la Municipalidad de General Alvear se informa a los propietarios de los comercios que realicen actividades nocturnas que deberán presentar las medidas de seguridad contra siniestros expedida por la Dirección de Bomberos de Azul.
Decreto Provincial Nº 12/05 del Poder Ejecutivo, a continuación transcribo artículo primero y segundo. ARTICUL0 1: los establecimientos o locales que funcionen como confiterías bailables, discotecas, discos, salas de bailes, clubes, confiterías, bares dancing, pubs, cabarets, boites y demás locales donde se realicen actividades similares, tanto en lugares cerrados como al aire libre, cualquiera fuera su denominación o actividad principal y la naturaleza o fines de la entidad organizadora, deberán cumplir con los requisitos establecidos en el presente decreto y ARTICULO 2: Los establecimientos o locales referidos en el artículo 1º deberán acreditar que cuentan con las medidas de seguridad contra siniestros establecidas por el Ministerio de Seguridad, a través de la Dirección de Bomberos, mediante la exhibición en lugar visible de la respectiva constancia vigente al momento de la inspección. A tal fin, la citada dirección efectuara como mínimo cada seis meses el control de cumplimiento y mantenimiento de las medidas, siendo autoridad de comprobación de las infracciones las policías de la Provincia de Buenos Aires y los municipios.
COMO ASI TAMBIEN TODO EVENTO, RECITAL, MANIFESTACIONES ARTISTICAS QUE SE DESARROLLEN O NO, AL AIRE LIBRE, EN FORMA EVENTUAL.
Cabe señalar que, para gestionar el trámite de asesoramiento técnico y su posterior final de obra contra incendio, deberán presentarse en el cuartel, delegación y/o servicios jurisdiccionales que corresponda